RATIFICADA LEGALIDAD DE LA FIESTA BRAVA EN COLOMBIA
Sección: Opina El Aficionado
Corte Constitucional reafirmó legalidad de la Fiesta Brava en Colombia.
por: Oscar Eduardo Fernández Guillén.
Comentarista Taurino.
(Mérida-Venezuela) Durante la tarde del último lunes de agosto fue recibida con profundo beneplácito la grata noticia que reafirmó la legalidad dentro de la que se encuentran las corridas de toros en la hermana República de Colombia, hecho que constituye el primer espaldarazo a la Fiesta Brava realizado por país alguno luego de los sucesos casi dictatoriales acontecidos en la Comunidad Catalana en contra de la Tauromaquia.
La buena nueva fue transmitida a la opinión pública después de que la Corte Constitucionalcolombiana avalara el marco legal que circunda a los espectáculos taurinos, así como demás actividades que involucran la participación de animales, como las peleas de gallo y los toros coleados.
El pronunciamiento emitido por el máximo ente judicial del vecino país, entre cuyas obligaciones se encuentra velar por la integridad y supremacía de la Constitución Nacional de Colombia, desestimó las acusaciones y alegatos introducidos por un grupo de antitaurinos, quienes solicitaron que las corridas de toros y demás festejos con reses bravas y otras especies fueran catalogadas como espectáculos de crueldad hacia los animales.
Con esta rotunda decisión se disipó la atmósfera de incertidumbre que rodeaba a la corte, pues la misma había postergado la discusión del tema y su posterior votación, lo que también reanimó al orbe taurino colombiano, escéptico a un fallo favorable.
Así es como se levanta el primer bastión americano en pro de la defensa de la fiesta, esperando que las naciones vecinas, entre ellas la Venezuela taurina, reaccionen y enfilen sus luchas con miras a una necesaria y frontal salvaguarda y promoción del arte tauromáquico, con hechos contundentes, sin aspavientos, figuraciones personales ni ríos de tinta inoperantes y superfluos.
Con esta rotunda decisión se disipó la atmósfera de incertidumbre que rodeaba a la corte, pues la misma había postergado la discusión del tema y su posterior votación, lo que también reanimó al orbe taurino colombiano, escéptico a un fallo favorable.
Así es como se levanta el primer bastión americano en pro de la defensa de la fiesta, esperando que las naciones vecinas, entre ellas la Venezuela taurina, reaccionen y enfilen sus luchas con miras a una necesaria y frontal salvaguarda y promoción del arte tauromáquico, con hechos contundentes, sin aspavientos, figuraciones personales ni ríos de tinta inoperantes y superfluos.
Primer fallo favorable para la Tauromaquia en América espera por acciones contundentes de los demás países taurinos del continente.
30/08/10
Colombia: La Corte Constitucional dejó a salvo las corridas de toros, pero impuso restricciones
Sección: Internacionales
eltiempo.com / colombia / justicia
La ponencia en la Corte dice que la lidia y otros espectáculos con animales son tradiciones en Colombia y deben mantenerse.
Foto: Fernando Ariza / archivo EL TIEMPO
La ponencia en la Corte dice que la lidia y otros espectáculos con animales son tradiciones en Colombia y deben mantenerse.
El alto tribunal rechazó una demanda que pretendía que las prohibieran por crueldad con los animales. Los magistrados señalaron que la tradición cultural debe respetarse en estos casos.
La votación fue 6-3 a favor de mantener las corridas y peleas de gallos como una expresión cultural colombiana.
La Corte dice que son exequibles las corridas, pelas de gallos, el coleo y los espectáculos de rejoneadores, pero condicionó su constitucionalidad y, según su presidente, Mauricio González, envió un mensaje para "desestimularlas".
Dice que si bien son una expresión cultural respetable, es claro que representan un maltrato a los animales que no puede celebrarse.
Y al anteponer los derechos culturales y las tradiciones de los colombianos que asisten a ellos, estableció cinco requisitos para que sigan vigentes:
Según Sierra Porto, a pesar de que en estos espectáculos se ejerce maltrato a un ser viviente, están sustentados en una tradición arraigada en la cultura del país.
En estos casos, dice el magistrado Sierra en la Ponencia, el principio de diversidad cultural prevalece y obliga a mantener la excepción establecida en la ley.
Esto coincidió con la opinión del procurador Alejandro Ordóñez, quien en sus conceptos calificó estos espectáculos como "expresiones culturales y artísticas que identifican a los colombianos (...) lo que hace tolerable el sufrimiento a que son sometidos los animales".
La demanda atacaba la constitucionalidad de la norma que excluye el coleo, las corralejas, las corridas de toros, las becerradas y las peleas de gallos de un listado de tratos crueles penalizados por el Estatuto de Protección Animal, porque vulneran el derecho a un ambiente social y cultural sano, atentan contra la paz y la convivencia y violan el libre desarrollo de la personalidad de quienes los rechazan.
Apelaban, incluso, al Artículo 12 de la Constitución y afirman que ni animales ni seres humanos deben ser sometidos a tratos degradantes.
Esta es la segunda demanda sobre el tema que estudia la Corte en menos de un año. En octubre del año pasado, revisó una demanda similar, pero en esa ocasión se declaró inhibida para decidir sobre ella por problemas de técnica legal.
En esa ocasión, el magistrado Jorge Iván Palacio presentó una ponencia en la que pedía que se declarara inconstitucional la excepción de la ley y calificaba este tipo de violencia contra los animales como "una tara ancestral".
En esa oportunidad, los magistrados Maria Victoria Calle Correa, Mauricio González Cuervo, Jorge Iván Palacio Palacio y Nilson Pinilla manifestaron su salvamento de voto, por cuanto, a su juicio, la demanda si reunía los requisitos mínimos de aptitud para proferir un fallo.
Primeras reacciones a la decisión de la Corte
"Querer conservar una práctica cultural arcaica, antes que respetar la vida de un animal que siente dolor de manera similar a los humanos, es una muestra de lo tan atrasados que queremos estar. Mientras otros entes, como el Parlamento Catalán, aprovechan su poder de decisión para asumir posiciones vanguardistas frente al respeto por la dignidad de los animales, aquí prefieren seguir viendo la crueldad como una tradición "arraigada y respetable".
Luis Carlos Sarmiento, director de la Sociedad Mundial para la Protección Animal (Wspa).
"No me gustan las corridas de toros, odio el espectáculo, pero no estoy en desacuerdo con la decisión de la Corte, porque el festejo no representa ninguna amenaza ambiental, no implica un peligro para un ecosistema ni amenaza la extinción de una especie. Al contrario, si las corridas se acaban, el toro de lidia desaparecería": Fabio Arjona, director de Conservación Internacional.
La ponencia en la Corte dice que la lidia y otros espectáculos con animales son tradiciones en Colombia y deben mantenerse.
Foto: Fernando Ariza / archivo EL TIEMPO
La ponencia en la Corte dice que la lidia y otros espectáculos con animales son tradiciones en Colombia y deben mantenerse.
El alto tribunal rechazó una demanda que pretendía que las prohibieran por crueldad con los animales. Los magistrados señalaron que la tradición cultural debe respetarse en estos casos.
La votación fue 6-3 a favor de mantener las corridas y peleas de gallos como una expresión cultural colombiana.
La Corte dice que son exequibles las corridas, pelas de gallos, el coleo y los espectáculos de rejoneadores, pero condicionó su constitucionalidad y, según su presidente, Mauricio González, envió un mensaje para "desestimularlas".
Dice que si bien son una expresión cultural respetable, es claro que representan un maltrato a los animales que no puede celebrarse.
Y al anteponer los derechos culturales y las tradiciones de los colombianos que asisten a ellos, estableció cinco requisitos para que sigan vigentes:
- procurar causar el menor dolor posible al animal;
- solo se pueden realizar en aquellos municipios donde exista una tradición probada e ininterrumpida, y ya estén autorizados.
- También prohíbe que se usen dineros públicos para promoverlas
- y para construir espacios destinados a espectáculos crueles con animales.
- Y llama a las autoridades a imponer normas que protejan a los animales y creen conciencia de ello.
Según Sierra Porto, a pesar de que en estos espectáculos se ejerce maltrato a un ser viviente, están sustentados en una tradición arraigada en la cultura del país.
En estos casos, dice el magistrado Sierra en la Ponencia, el principio de diversidad cultural prevalece y obliga a mantener la excepción establecida en la ley.
Esto coincidió con la opinión del procurador Alejandro Ordóñez, quien en sus conceptos calificó estos espectáculos como "expresiones culturales y artísticas que identifican a los colombianos (...) lo que hace tolerable el sufrimiento a que son sometidos los animales".
La demanda atacaba la constitucionalidad de la norma que excluye el coleo, las corralejas, las corridas de toros, las becerradas y las peleas de gallos de un listado de tratos crueles penalizados por el Estatuto de Protección Animal, porque vulneran el derecho a un ambiente social y cultural sano, atentan contra la paz y la convivencia y violan el libre desarrollo de la personalidad de quienes los rechazan.
Apelaban, incluso, al Artículo 12 de la Constitución y afirman que ni animales ni seres humanos deben ser sometidos a tratos degradantes.
Esta es la segunda demanda sobre el tema que estudia la Corte en menos de un año. En octubre del año pasado, revisó una demanda similar, pero en esa ocasión se declaró inhibida para decidir sobre ella por problemas de técnica legal.
En esa ocasión, el magistrado Jorge Iván Palacio presentó una ponencia en la que pedía que se declarara inconstitucional la excepción de la ley y calificaba este tipo de violencia contra los animales como "una tara ancestral".
En esa oportunidad, los magistrados Maria Victoria Calle Correa, Mauricio González Cuervo, Jorge Iván Palacio Palacio y Nilson Pinilla manifestaron su salvamento de voto, por cuanto, a su juicio, la demanda si reunía los requisitos mínimos de aptitud para proferir un fallo.
Primeras reacciones a la decisión de la Corte
"Querer conservar una práctica cultural arcaica, antes que respetar la vida de un animal que siente dolor de manera similar a los humanos, es una muestra de lo tan atrasados que queremos estar. Mientras otros entes, como el Parlamento Catalán, aprovechan su poder de decisión para asumir posiciones vanguardistas frente al respeto por la dignidad de los animales, aquí prefieren seguir viendo la crueldad como una tradición "arraigada y respetable".
Luis Carlos Sarmiento, director de la Sociedad Mundial para la Protección Animal (Wspa).
"No me gustan las corridas de toros, odio el espectáculo, pero no estoy en desacuerdo con la decisión de la Corte, porque el festejo no representa ninguna amenaza ambiental, no implica un peligro para un ecosistema ni amenaza la extinción de una especie. Al contrario, si las corridas se acaban, el toro de lidia desaparecería": Fabio Arjona, director de Conservación Internacional.
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